Un fumador en México consume 733 cigarrillos por año. El país importa 22,877 toneladas métricas de hojas de tabaco por año, gran parte de lo cual se utiliza para producir los 48,850 millones de cigarrillos que se fabrican anualmente. En México, el 12.9% de los hombres y el 4.7% de las mujeres son fumadores. Cada vez más mujeres adquieren el hábito de fumar.
México ratificó el Convenio Marco para el Control del Tabaco el 28 de mayo de 2004.
El acto de fumar en espacios públicos no está fuertemente reglamentado. “No se permite” fumar en vuelos de 90 minutos o de menor duración, ni en establecimientos educativos, edificios del gobierno, instalaciones de atención médica, transporte publico o áreas de trabajo.
México está mejorando gradualmente la implementación de las pautas de impuestos al tabaco, conforme a las recomendaciones del CMCT. En 2005, fracasó una legislación que se proponía aumentar los impuestos especiales a los cigarrillos desde la cifra actual de 110% a 130%. Pero desde 2007 los impuestos a los productos del tabaco fabricados ascendió al 140% y está previsto que aumente nuevamente y llegue al 160% en 2009.
La publicidad de los productos del tabaco está restringida, particularmente a través de los medios que son de fácil acceso para niños y adolescentes. México continúa trabajando para lograr políticas más sólidas que regulen las etiquetas de advertencia sobre la salud de los productos del tabaco. Los paquetes de cigarrillo contienen advertencias sobre la salud que cubren el 50% de cada lado, aunque las advertencias sólo incluyen palabras y no imágenes gráficas, según lo recomendado por las pautas del CMCT.
Fuentes: WHO, Euromonitor, ACS: Tobacco Atlas (second edition), FCA, Legal: ANEXO 1-Internal document, Mexico situation overview Jul07
ACS Tobacco Control Country Profile, Mexico
http://www.cancer.org/downloads/TOB/Mexico.pdf
The Framework Conventional Alliance for Tobacco Control Country Data, Mexico
http://www.fctc.org/index.php?item=countryinfo&code=MEX
Ley General de Salud, 7 de febrero de 1984, Article 276, 309